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¿Vendes o alquilas tu piso ?, pues te toca pagar una pegatina

Llega el certificado de Eficiencia Energética de Edificios

A partir del 1 de junio, una nueva tasa gravará el alquiler o venta de viviendas.

El Real Decreto por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación de Eficiencia Energética de Edificios Existentes fue ratificado el pasado 5 de abril por el Consejo de Ministros, tal y como podemos leer en la

Esta nueva norma, aplicada desde hace años en numerosos países de la Unión Europea, obligará a todos los propietarios de inmuebles que quieran venderlos o alquilarlos, con una duración superior a cuatro meses, a disponer de un certificado energético del inmueble desde el 1 de junio de 2013. La norma llegará con cinco meses de retraso, pues estaba contemplado que entrara en vigor el pasado 1 de enero.

“La etiqueta de eficiencia energética debe ser incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio.” desde aquí podéis leerlo en su totalidad el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios

Todo eso esta muy bien, pero lo mas relevante es que aquellos que quieran vender o alquilar su vivienda, no podrán hacerlo a menos que dispongan de dicha etiqueta,

Ahora bien, el coste de la misma en algunos países europeos no excede de 500 €  por una vivienda media de 100 m² aquí se esta estimando que rondara sobre los 300 € ( un gran negocio para los certificadores ¿verdad? ) y quizá otra gran medida recaudatoria muy interesante para el gobierno

Algo que me parece ridículo, ya que si tienes pensado venderlo, siendo particular, deduzco que tal y como esta el mercado no harás ninguna mejora,

Desde algunas asociaciones o inmobiliarias solicitan que ese gasto sea sufragado por el gobierno o en su caso de cada comunidad autónoma, algo al parecer complicado

Registro general de documentos reconocidos para la certificación energética del MINETUR
Esta es parte del texto de la ley, recomiendo que lo leáis al completo

Este Procedimiento básico es de aplicación a:

1. Este Procedimiento básico será de aplicación a:
a) Edificios de nueva construcción.
b) Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
c) Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público


Se excluyen del ámbito de aplicación:
a) aquellas edificaciones que por sus características de utilización deban permanecer abiertas;
b) edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico, cuando el cumplimiento de tales exigencias pudiese alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto;
c) edificios o unidades de edificios utilizados como lugares de culto y para actividades religiosas;
d) construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años;11
e) edificios industriales y agrícolas, en la parte destinada a talleres, procesos industriales y agrícolas no residenciales;
f) edificios o unidades de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2
g) edificios de sencillez técnica y de escasa entidad constructiva que no tengan carácter residencial o público, ya sea de forma eventual opermanente, se desarrollen en una sola planta y no afecten a la seguridad de las personas;
h) edificios que se compren para su demolición;
i) edificios o unidades de edificios de viviendas utilizados o destinados a ser
utilizados bien durante menos de cuatro meses al año, o bien durante un
tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25% de lo que resultaría de su utilización durante todo el ,

En fin parte de este texto habrá que hacerse muchas preguntas, si lees paginas que se dedican a la calificación energética ya empiezan a frotarse las manos, si lees paginas de inmobiliarias..... pues quien sera el mejor postor.

En cuento a las preguntas que yo me hago  ¿la certificación energética te va a ayudar a estimar los consumos de tu futura vivienda si es de segunda mano?

 Lo que si es curioso que la  certificación energética es un pegatina de colorines que lo puedes comprar sin que el técnico haya visitado el piso,  me explico , todavía no es obligatorio pero ya  hay técnicos y inmobiliarias que se ofrecen a hacer el certificado sin ver el piso, de momento gratuito pero estoy seguro que dándoles los datos que piden, pagas el servicio y tienes tu certificado. si tu piso tiene  mas de 20 años seguro que no pasas ni de la letra " E " y lo mas increíble que estoy  viendo ya en webs, que a través de 2 pasos ya te dan precio para darte tu calificación energética, sin tan solo siquiera visitarla, la prueba que yo he realizado ha sido con una vivienda de 85 m² aprox. sube un total así de primeras de 231 € pero ojo que si te corre prisa por un suplemento de 23 € lo tienes en tu poder en 2 semanas. A mi todo esto me da mucho que pensar

Por otro lado los consumos de una vivienda dependen de penden también del número de personas que vayan a vivir en ella y de las costumbres de cada una de estas personas, no gasta lo mismo dos personas, que cuatro y lo mismo si son o no frioleros o calurosos si estas o no en tu domicilio durante el día  eso y muchísimas mas costumbres hacen que existan un consumo en una vivienda independientemente de su orientación provincia, o aislamiento

Otra de las preguntas que yo me hago, es los pisos de los bancos y sobre todos del Sareb (banco malo) habrá que ponerle la pegatina, ¿eso quien lo va  a pagar? pues pensarlo pero saldrá de los impuestos de todos.

Como medida de ahorro energético, cuidar y proteger el medio ambiente es respetable, pero a falta que se apruebe definitivamente y entre en vigor, vamos a ver como algunos se van a llenar los bolsillos, calificadores, tasas de registro etc etc,, y mas de una inmobiliaria  va a ver aumentado sus ingresos por dichas calificaciones, ya que te ofrecerán sus servicios lógicamente comisionados por otras empresas e incluso seguro que a través de Internet  podremos hacerlo sin que tan si quiera te visite el técnico,  lógico siempre te la van a calificar por debajo, ( espero que existan medidas para controlar estas posibles irregularidades que se puedan liar )

Ojala me equivoque con mis propias opiniones respecto a la calificación de energía  y al negocio que va a generar, pero sinceramente, creo que es otra maniobra no deja de ser meramente recaudatoria y ojito que no alquiles tu apartamento porque ademas de la etiqueta tendrás que pasar por el ayuntamiento ya que  el gobierno limitará alquilar viviendas durante las vacaciones, pero de eso sera otro tema que va a traer cola pero no obstante si os interesa como va el proyecto de ley visitar la pagina Portal del Congreso del gobierno

Actualización respecto a este articulo: 14/06/2013
Después de la entrada ya en vigor, veo que no me estoy equivocando, han salido calificadores energéticos por debajo de las piedras, y ojo con la competencia, que ya me ha llegado un presupuesto por tan solo 100 € .  el resto están ya sobre 150 € ( vivienda entre 80 a 100 M² ) y bueno que decir de las inmobiliarias, algunas, ya tienen hasta comisión si te gestionan ellas la calificación con el calificador de energético, bueno por lo menos crean trabajo, es lo único  razonable que veo,  del resto seguiremos viendo como evoluciona este tema ya que no hace falta ser arquitecto para poder calificar

Y a ti ? ¿que te parece esta medida?

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